Sunday, March 10, 2013

Lo jurídico, la culpa y el psicoanálisis


                                                                                                Por: Elkin Villegas
       
       Es cierto que el proceso [penal] tiene como función remplazar la violencia por el discurso, el asesinato por el debate; pero también es evidente que no todo el mundo tiene el mismo acceso a las armas del debate.
                                                                                                                  Paul Ricoeur

Derecho, paradigma indiciario y culpa

A diferencia de la mayoría de los teóricos sobre el fenómeno del crimen, Paul Ricoeur, con su teoría hermenéutica amarrada al psicoanálisis, considera que existe una relación estrecha entre su teoría del símbolo y de la subjetividad y los postulados del Derecho, el Derecho penal y la Criminología por medio del concepto de culpabilidad, concepto que primero pensamos desde el campo jurídico y luego desde la perspectiva del diálogo de Ricoeur con Freud. Es lo que en el presente capítulo planteamos. En primer lugar, cabe preguntarse: ¿cómo concibe el Derecho penal contemporáneo el concepto de culpabilidad? Ante todo la culpa es un criterio ordenador y constitutivo del funcionamiento mental humano y hace parte de cualquier sistema jurídico, por primitivo que sea, tal y como lo observara Bronislaw Malinowski en las islas Trobriand. La doctrina del derecho penal es, según Arturo Villarreal Palos, el fundamento y el límite de la pena.También es el conjunto de presupuestos o caracteres que debe presentar la conducta para que le sea reprochada jurídicamente a su autor. Representa el componente subjetivo del acto ilícito penal.

Una determinada conducta se puede establecer como culposa y dolosa siempre que el agente pueda ser entendido como causa moral del hecho mismo, es decir, siempre que la acción incriminatoria se le pueda atribuir como suya o como algo que le pertenece en el plano mental. Subjetivamente se atribuye al hombre aquello que él ha querido, deseado; en tanto que desde el punto de vista objetivo se le imputa solamente aquello que él ha causado. En materia de culpabilidad se suele hablar de una causalidad psíquica para diferenciarla de la causa física. La culpabilidad puede designarse como elemento psicológico del delito. Sobre esto Freud (1916, Vol. XIV, 1979: 338) dice: “Por paradójico que pueda sonar, debo sostener que ahí la conciencia de culpa preexistía a la falta, que no procedía de esta, sino que, a la inversa, la falta provenía de la conciencia de culpa. A estas personas es lícito designarlas como ‘delincuentes por conciencia de culpa’. La preexistencia de esta última, desde luego, había podido demostrarse por toda una serie de otras manifestaciones y efectos”. Y años después, en El malestar en la cultura (1930, Vol. XXI, 1979: 127), con mucha más madurez científica y clínica dice lo siguiente “Pero si se hace remontar el humano sentimiento de culpa al asesinato del padre primordial, ¿no fue ese un claro caso de ‘arrepentimiento’, y no vale para aquel tiempo el presupuesto de una conciencia moral y un sentimiento de culpa anteriores al acto?

En este campo dos posturas teóricas se disputan la reflexión: 1) la teoría tradicional o psicológica, que considera que para que haya culpabilidad basta el simple nexo de naturaleza psicológica entre el agente y el hecho (sin que a ese nexo se agregue nada más); probado o establecido este nexo queda constatada la culpabilidad. 2) La concepción normativa de la culpabilidad. Sus representantes argumentan que la culpabilidad implica una evaluación, un juicio de valor y no únicamente una constatación o verificación (Villegas, 2007b: 59). En tal perspectiva, podríamos agregar, guiados por el sociólogo Polaco Zygmunt Bauman, que cuando en la mentalidad colectiva no opera la culpabilidad, en cuanto mecanismo de control y de reparación (como al parecer sucede en la posmodernidad), se genera un modo de vida y una dinámica social líquidas, caracterizados ambos movimientos por el fracaso de la razón, entendida esta como solidez en la responsabilidad ética, lo que da lugar a una vivencia colectiva de desprecio, tristeza y frustración.

¿Cuáles son los factores que determinan si una conducta puede calificarse como hecho punible? Según Juan Fernández Carrasquilla, básicamente tres: 1) que coincida con los elementos descritos en la ley (tipicidad); 2) que no ocurra ninguna circunstancia de justificación (antijuridicidad), y 3) que el agente sea culpable. (Villegas, 2007b: 59). De acuerdo con Héctor Gallo (2007: 256):

No hay sociedad sin culpa, porque ésta es solidaria de una legislación y responde a una deuda que se encuentra en el corazón de la constitución del vínculo social. La falta de culpa en una sociedad provocaría un tipo de vínculo perverso basado en el goce por el goce […] Sin culpa no hay funcionamiento social, no hay comunidad posible, ni proyectos comunitarios inscritos en la ley de la ciudad.                                                                          

La culpabilidad es un efecto de la ley simbólica del padre, la cual, a su vez, establece un dominio o una regulación sobre el deseo imaginario de la posición subjetiva materna. ¿Qué quiere decir esto? Simple y llanamente  que un mundo sin culpa es un mundo sin solidaridad, sin garantías y sin ley; lo problemático es que en un mundo sin ley no existen posibilidades para el deseo, la vida y el lazo social. La ley, en tanto freno o prohibición, es lo que impide en la subjetividad que el deseo se transforme en goce, es decir, en despliegue de las pasiones o impulsos (eróticos y agresivos) que no reconocen ningún tipo de impedimento para la realización de las dos grandes prohibiciones de la cultura: el incesto y el parricidio.

De igual manera, para Fernández la culpabilidad es uno de los factores esenciales del delito. Una vez demostrado que la conducta es atípica y que se ha realizado en circunstancias que no la justifican, es preciso averiguar si el autor de ese comportamiento es culpable, es decir, si actuó con dolo , culpa o preterintención, las cuales son, en el derecho penal contemporáneo, las tres formas de la culpabilidad. ¿Qué sentido tiene cada uno de estos conceptos? Veamos:

1. Dolo. Una conducta es dolosa cuando el agente conoce el hecho punible y quiere su realización, lo mismo cuando lo acepta previéndolo, al menos como posible.
2. Culpa. Ocasión en la que el agente realiza el hecho punible por suposición del resultado previsible, o cuando habiendo advertido su ejecución confió en poder evitarlo.
3.  Preterintención. Cuando el resultado, siendo previsible, excede la intención del agente.

En segundo lugar, en cuanto al paradigma indiciario y su relación con la culpa, Freud nos dice en una intervención dirigida a estudiantes de Derecho, titulada “La indagatoria forense y el psicoanálisis” (1906, Vol. IX, 1979: 87), en el contexto del seminario del profesor Alex Loffler, profesor de jurisprudencia en la Universidad de Viena, lo siguiente:

      Señores: la creciente intelección sobre la inseguridad de las declaraciones de testigos, que, empero constituyen hoy la base de tantas condenas en querellas judiciales, ha acrecentado en todos ustedes, futuros jueces y abogados defensores, el interés por un nuevo procedimiento de indagación, que al parecer constreñiría al propio imputado a probar su culpa o su inocencia mediante unos signos objetivos.

En el fragmento anterior, pero más ampliamente en el resto de su intervención, Freud da indicios del punto de convergencia o de articulación entre psicoanálisis y ciencia jurídica, por medio del método de investigación. ¿Qué quiere decir esto? Que en dicho texto invita al investigador en Derecho y en Criminología a advertir la semejanza entre el método empleado por el psicoanálisis, que bien podríamos llamar “abducción”, y el que caracteriza uno de los procedimientos judiciales, particularmente en derecho penal, el método o paradigma indiciario, el cual, siguiendo el rastro de Ricoeur (2004b: 637), “engloba las huellas de cualquier naturaleza”. Método que, en la lógica del filósofo, es necesario para dilucidar el núcleo racional de la ley sobre la pena. Razón por la que el autor considera a Freud otro de los maestros de la sospecha.

Dicho procedimiento, como su nombre lo indica, parte de indicios, rastros o huellas que le permiten al investigador acceder a la constitución de una noción o explicación, armada con una lógica tan contundente que, a la postre, constituye el fundamento de una elaboración que apunta a la verdad como saber que no aparece en ningún caso manifiesto. Verdad o racionalidad presunta o pretendida, que según el filósofo “llamaremos la lógica de la pena, es una racionalidad difícil de captar”. Pena que nos recuerda el autor francés es definida como “aquello que se hace padecer por algo que se considera reprensible o culpable”. Función punitiva que está a cargo, según Ricoeur (2003a: 321), de la conciencia moral o del superyó, instancia que “hace de la pena un mal físico que se añade a un mal moral”.

Ahora bien, tanto Enrico Ferri (en su libro titulado Los delincuentes en el arte) como su maestro en derecho penal, Pietro Ellero, y otros teóricos de la antropología criminal, resaltan la importancia de la investigación e interpretación de indicios. En esta lógica nos preguntamos con Michel Onfray (2011: 171): ¿Por qué la moral de que carecía el criminal, se vuelve todopoderosa una vez cometido el crimen? ¿Tiene esto algo qué ver con la formulación teórica del psicoanálisis, según la cual el sujeto no sabe que sabe que es culpable como Edipo, y necesita de manera inconsciente ser castigado, por un sentimiento también de origen desconocido de culpabilidad? Respecto al delincuente Freud (1916, Vol. XIV, 1979: 339) escribe: “Una ulterior indagación analítica a menudo nos pone en la pista del sentimiento de culpabilidad que les ordena buscar el castigo”.

Sobre dicha forma de pensar y de proceder, Freud hace referencia en muchos de sus escritos, particularmente en El Moisés de Miguel Ángel, a la creación artística. Otros autores, como Carlo Ginzburg, hacen referencia a la abducción como “paradigma indiciario”, y comentan que así se hace la microhistoria en cuanto sucesora de la historia de las mentalidades. Tal paradigma es empleado también por autores como Edgar Allan Poe, Agatha Christie, Conan Doyle y Morelli, quien publicó entre 1874 y 1876, falleció en 1891 y fue leído por Freud y por los seguidores de la técnica forense. Ahora bien, dicho paradigma ha sido integrado, en el curso de la presente investigación, al método hermenéutico que en ella hemos empleado.

En el presente trabajo hemos partido de la culpa que va de lo manifiesto o fenomenológico, esto es, de la que se suele pensar como consecuencia de un delito, a la culpabilidad latente o estructural, efecto de la fantasía del sujeto que se transforma en acto criminal. Es decir, de una culpa como efecto de un crimen a una culpabilidad como causa de él; en una época que tiende a borrar las subjetividades y la responsabilidad del ser. De conformidad con Paul Ricoeur (2003a: 322): “El castigo es el precio del crimen” y agrega que “el culpable es el sujeto de la voluntad en la cual se plantea la equivalencia del crimen y del castigo”. Freud dirá, desde el caso de Edipo, que el culpable es el sujeto del inconsciente, o sea el mismo Edipo, por cuanto nadie puede, desde el punto de vista de la ética, alegar que las consecuencias de sus actos no son responsabilidad suya, sino de su inconsciente. Sin embargo, pese a las imprecisiones del filósofo consideramos que, de todas maneras, se trata de conceptos esenciales que guían la  investigación, se articulan con algunas nociones psicoanalíticas y aportan luz a las teorías actuales sobre el crimen.

Las investigaciones sobre el crimen, lo hemos dicho ya en la primera parte de esta serie, se apoyan en su mayoría en cuestiones descriptivas, fenomenológicas y observables con facilidad desde el punto de vista empírico, médico, social, ideológico y normativo, mientras que la nuestra se ocupa de un ángulo bastante despreciado por la mentalidad funcionalista y utilitarista de la época, como es la responsabilidad subjetiva. Según Ricoeur en Finitud y culpabilidad, la responsabilidad es la capacidad u obligación que tiene un sujeto de responder por los actos propios. La culpabilidad, en esta dirección, antes que ser una consecuencia del acto delictivo del sujeto, es su causa, ubicándonos en la paradoja entre los delincuentes por ausencia de sentimiento de culpabilidad y los que sí la sienten pero tampoco reparan o rectifican. En cuanto a los delincuentes, dice Freud en “los delincuentes por conciencia de culpa” (1916, Vol. XIV, 1979: 339):

es preciso excluir, sin duda, a todos aquellos que cometen delitos sin sentimiento de culpa, ya  sea porque no han desarrollado inhibiciones morales o porque en su lucha contra la sociedad se creen justificados en sus actos. Pero en la mayoría de los otros delincuentes, aquellos para los cuales en verdad se han hecho los códigos punitivos, una motivación así de sus delitos muy bien podría entrar en cuenta, iluminar muchos puntos oscuros de la psicología del delincuente y proporcionar a la punición un nuevo fundamente psicológico.

Se podría decir, además, que la culpabilidad es una tentativa de recuperación de las virtudes y de la ética del deber.  Tanteo en el que el punto de partida lo constituye la culpabilidad, como efecto de la existencia finita del hombre, pues pensamos, a diferencia de la concepción tradicional del positivismo jurídico, que la culpa también se produce en lo humano (moviéndolo en varias direcciones hacia lo peor del deterioro psíquico, el encuentro con el crimen y el castigo social) por factores distintos a los que la dogmática jurídica suele considerar. Según el autor francés, se presume que el crimen y el castigo “es uno y el mismo en el mal cometido de la falta y en el mal padecido de la pena. La pena suprime, borra, anula la falta en él”. En esta perspectiva, el autor se pregunta: “¿Cómo puede un mal físico equivaler, compensar, suprimir un mal moral?” (Ricoeur, 2003a: 322). A nuestra manera de ver, es la lógica de los delincuentes por sentimiento de culpabilidad y necesidad inconsciente de castigo.

En este punto convergen elementos teológicos, filosóficos, jurídicos y psicoanalíticos de actualidad, complejizando aún más el problema al combinar y mezclar varios registros del funcionamiento mental, como se hace en la concepción analítica que nos enseña el filósofo. Asunto que permite decir, a propósito de la revisión de antecedentes que hemos realizado en el inicio del presente trabajo, que no existen en nuestro medio sino algunas alusiones, dentro de investigaciones más amplias, sobre el fenómeno criminológico desde la perspectiva de la culpabilidad. Tal es el caso del libro intitulado: El sujeto criminal. Una aproximación psicoanalítica al crimen como objeto social, del profesor Héctor Gallo. Entonces, si en efecto el sujeto (del inconsciente) es criminal, tal y como de la elaboración del profesor Gallo se deduce en su tesis doctoral, ello quiere decir, particularmente en la lógica de “Los delincuentes por sentimiento de culpabilidad” que el sujeto es, al mismo tiempo, culpable.

Lo cual quiere decir que existe una dialéctica (como la del amo y el esclavo en Hegel) entre culpabilidad y crimen, como la que planteamos en el presente trabajo. Dialéctica que el sujeto ha tendido a reprimir y como formación reactiva a ella, dado el horror que suscita, ha tenido que inventarse múltiples formas de creación en el curso de su evolución cultural, con el objeto de sublimar y encausar sus impulsos e inclinaciones. Texto del que se infiere que, aunque en el derecho penal existe una vasta bibliografía sobre el asunto de la culpabilidad, cada vez el acento se pone en un otro exterior (en una decisión judicial, por ejemplo) y no en la responsabilidad del sujeto. Según Ricoeur, el hacer padecer y el padecer están en dos sujetos diferentes. Una es la conciencia que juzga (el superyó) y otra la conciencia juzgada (el yo). Es lo que más adelante pensamos a partir de la dialéctica entre el amo y el esclavo.

En esta orientación, el teórico sobre el fenómeno del crimen, no debe simpatizar solamente con descripciones de la realidad. Los datos requieren de interpretación y es el investigador el que construye nuevos objetos, los cuales no se reducen a su materialidad. Una idea, un concepto, una conjetura, una hipótesis o una teoría científica son, siguiendo a Platón y a Hegel, objetos de investigación y de conocimiento. Una teoría es científica siempre y cuando cumpla con tres criterios esenciales, sobre los que hay consenso por parte de la mayoría de los investigadores: la coherencia lógica de sus postulados, la posibilidad de que sean comprobados o verificados empíricamente y que aporten algunas alternativas prácticas para superar el problema de que tratan. Además, es importante considerar que las teorías son siempre aproximaciones a la realidad, son probabilísticas y no son, en ningún caso, certezas, dogmas o posiciones absolutas. He aquí la importancia para la investigación del crimen de la hermenéutica de Paul Ricoeur.

En cuanto a los nexos entre el Derecho penal, con conceptos como falta, pena y culpabilidad, Ricoeur (2003a: 324) nos dice: “en efecto, en la esfera del derecho penal es donde se ha hecho el mayor esfuerzo de racionalidad; medir la pena, hacerla proporcional a la falta, aproximar cada vez más la equivalencia entre la escala de la culpabilidad y la de la pena: todo esto es claramente obra del entendimiento […], el culpable tiene derecho a una pena proporcional a su crimen”. Ahora bien, la pena que pretende el castigo, en el proceso penal, como afección física y moral que se inflige al sujeto, es el precio del crimen. En cuanto al proceso jurídico penal, precisa el filósofo que su función es la de sustituir la violencia del crimen por el uso de la palabra. En otras palabras, se trata de reemplazar en el ámbito de las disputas el acto criminal por lo simbólico del debate.  

El alejamiento o la reducción de la culpabilidad en el sujeto contemporáneo, entendida a partir del filósofo como dispositivo simbólico de regulación y como mecanismo de reparación, da indicios de una falla actual, de una tara, sobre todo en nuestro medio, en el sistema simbólico que impide, cuando ha sido instalado y es funcional, la realización de actos reprochables como el crimen. Interpretación que encuentra apoyo o fundamentación en las tantas elaboraciones que se han hecho del lado de las ciencias sociales y del psicoanálisis, en torno a la noción de “caída de los ideales”, los cuales, al parecer, ya no operan como una medida de control y de regulación de las conductas tanto individuales como colectivas, razón por la que, a nuestra manera de ver las cosas, un autor como Zygmunt Bauman ha planteado, como algo propio de la contemporaneidad, tanto una vida como una sociedad líquidas.

Todo acto humano es en el fondo efecto de un afecto, un pensamiento, una ocurrencia o de una fantasía; elementos todos que están compuestos por el lenguaje, por lo simbólico, siendo este una especie de motor del crimen poco apreciado hoy. No hay que olvidar, además, que en la teoría actual del delito, el derecho penal incluye como tercer elemento, después de la acción típica y antijurídica, la culpabilidad. Noción que en el psicoanálisis, pero también en el derecho penal, está ligada a los conceptos de padre, conciencia moral y ley. Dos abstracciones estas últimas que, tanto en filosofía como en derecho, respectivamente,  tienden a representar a aquel.

Freud y la dinámica profunda del psiquismo

Paul Ricoeur sabe, apoyado en “la psicología de las profundidades” de Freud, que un sentimiento como el de culpabilidad posee una función reguladora, y cuando tal sentimiento falta en el sujeto o en la psicología de una colectividad, como suele ser en las sociedades modernas bajo el imperio del capitalismo salvaje, el cual probablemente ha inspirado a Zygmunt Bauman para hablar de sociedades y de vida líquidas. Según el pensador francés:

El sentimiento no es, por consiguiente, más que la manifestación de la intención implícita de las “tensiones” y “pulsiones”. No sólo esa manifestación de la intención de las tensiones, por medio del sentimiento, es la única capaz de salvar la metáfora de origen físico como metáfora de lo psíquico, sino que es la única capaz de justificar el papel “regulador” que la psicología de las conductas le reconoce al sentimiento  (Ricoeur, 2004a:105).                                                                      

La conciencia moral (que en las elaboraciones de Freud recibió el nombre de superyó), en cuanto ideal del sujeto o del yo es algo que lo hace sufrir en el caso de no acogerse a sus mandatos y exigencias. Mientras las exigencias del superyó son infinitas, los mandamientos de ley son finitos. Cuando el superyó no es lo suficientemente potente para regular las pasiones o los impulsos de muerte, el yo puede acceder al acto criminal con facilidad y, como algo paradójico, la excesiva fuerza de aquel también lo puede presionar a ello. No obstante, es necesario precisar que aunque sabemos, por los hallazgos del psicoanálisis, que el sujeto es parricida en su fantasía, no siempre lo es en la realidad, gracias a que ha podido pasar de la condición primaria de la satisfacción directa de sus impulsos, a un logro cultural mediado por procesos de sublimación.  

Ahora bien, a partir de un esquema, que nos ayudará a comprender mejor la lógica del delito, procuramos representar con fines didácticos el dinamismo psíquico (entre el superyó o conciencia moral y el yo) de Freud; sin pretender plasmar en él una idea obsesiva del localizacionismo de la neuropsicología contemporánea, la cual, dicho sea de paso, establece que el sentido de la ética y la autoconciencia guardan estrecha relación con las conexiones entre el sistema límbico (lugar de los afectos) y el área prefrontal.

En tal lógica Ricoeur sabe que el yo es enjuiciado, oprimido y castigado por el superyó. Dialéctica fundamental entre ambas instancias psíquicas para comprender la lógica del crimen a lo largo de la historia. Sin embargo, de acuerdo con René Girard (2010: 10), los hombres “querrán cada vez menos reconocer los mecanismos de la violencia que ejercen”. Digamos que en la dinámica psíquica del esquema que planteamos existe una lógica de continuidad entre lo que el filósofo llama  energética (fuerza) de las neuronas y hermenéutica (sentido) del lenguaje. Dice el autor francés: “Finalmente, Freud se acercará a Herbart y Fechner al renunciar a toda base anatómica para su sistema psíquico, volviendo a colocar a la psicología en el lugar que Herbart había querido darle” (Ricoeur, 2009a: 66).

A continuación condensamos la comprensión hermenéutica de Paul Ricoeur sobre el concepto freudiano de superyó (representante del padre arcaico mortificador en Tótem y tabú y heredero del complejo de Edipo), entidad psíquica que  acusa e incrimina al yo por sus intenciones, moviéndolo a cometer delitos y, de este modo, hacerse castigar con el propósito de obtener el paz y salvo del amo que lo inculpó.  Según el filósofo: “Por culpa del superyó somos en principio ‘extraños’ a nosotros mismos, por lo cual habla Freud del superyó como de un ‘interior país extranjero’” (Ricoeur, 2009a: 160). Según nuestra propia interpretación, los conceptos contenidos en el siguiente esquema condensan y representan el dinamismo psicológico del complejo de Edipo vivido por el niño (simbolizado aquí por el yo) en la relación con el padre (figurado por el superyó). 

Adviértase que en la estructura del Edipo, en su esencia, palpita y opera el tríptico pulsión de muerte, culpa y crimen. El criminal, lo mismo que el sujeto fóbico, desplaza sus afectos hostiles sobre una figura sustitutiva del padre.  En relación con todo esto, en el artículo “Los que delinquen por conciencia de culpa”, Freud (1916, Vol. XIV, 1979: 338-339) nos dice:

El resultado regular del trabajo analítico fue que este oscuro sentimiento de culpa brota del complejo de Edipo, es una reacción frente a los dos grandes propósitos delictivos, el de matar al padre y el de tener comercio sexual con la madre. Por comparación a estos dos, en verdad los delitos cometidos para fijar el sentimiento de culpa eran un alivio para los martirizados. Es preciso recordar aquí que parricidio e incesto con la madre son los dos grandes delitos de los hombres, los únicos que en sociedades primitivas son perseguidos y abominados como tales.

Es lo que Freud denomina “ambivalencia afectiva”, la cual indica en la perspectiva etnológica de Tótem y tabú el conflicto humano entre el amor y el odio, respecto a la figura paterna interiorizada en el superyó. Conflicto que se refleja en los sueños, en las neurosis y en los síntomas actuales, como formas patológicas del vínculo social. En cuanto al superyó, como instancia represora, Ricoeur (2009a: 153) nos dice que:

se muestra como expresión psicológica de un hecho social anterior -el fenómeno de la autoridad- a través de figuras históricas constituidas: la familia, las costumbres consideradas como moral efectiva de un grupo, la tradición, la instrucción explícita o implícita, el poder político y el eclesiástico, la sanción penal o más generalmente social. Dicho de otro modo: el deseo no está solo, tiene su Otro, que es la autoridad.                                                                                         

Autoridad que el sujeto criminal no parece ser capaz de reconocer y respetar.  Adicionalmente, en cuanto a la figura paterna, el filósofo francés nos dice lo siguiente:

            La interpretación psicoanalítica del complejo de Edipo se proyecta de este modo en una arqueología realista; se contempla a sí misma en una interpretación literal del totemismo. El sentido del complejo de Edipo, descifrado en la figura del sueño y la neurosis, cuaja en una equivalencia real: el tótem es el padre; el padre ha sido matado y devorado; los hijos nunca han dejado de arrepentirse; para reconciliarse con el padre y entre sí, han inventado la moral; ya tenemos un suceso real y no una fantasía” (Ricoeur, 2009a: 179).

Allí donde Kant hablara de ley, dos siglos después Freud se refiere al padre; aunque es claro que la ley es metáfora de este. La ley sustituye al padre. Con ese nuevo mito trágico, agrega el filósofo, Freud interpreta la historia de la humanidad como heredera del crimen y de la ley por él instaurada, pues en su interpretación del mito articula al mismo tiempo la horda fraterna, la comida totémica, la tragedia griega y la pasión de Cristo. De acurdo con René Girard (2010: 11): “La increíble paradoja, que nadie desea aceptar, es que la pasión liberó la violencia al mismo tiempo que la santidad”. Así pues, la sociedad se fundamenta en lo sucesivo en un crimen cometido en común. Según la profesora Carmen García de la Haza, apoyada en Freud: “La fe religiosa tomará sus fuerzas de la culpabilidad primitiva contra el padre. Esta culpabilidad empieza a movilizar remordimientos, idealizaciones cada vez más altas de Dios y renuncias ascéticas. El padre muerto, a través de la conciencia de la culpabilidad, adquiere un poder mucho mayor del que había poseído en vida, y pesa decisivamente en los destinos humanos” (1995: 469).

Por ello se dice que la fe religiosa se construye sobre el sentimiento de culpabilidad, sentimiento que Ricoeur sabe se deriva de la pulsión de muerte (impulso anticultural), la cual está contenida en el superyó como representante del ello y, al mismo tiempo, como heredero del complejo de Edipo. Al respecto precisa el filósofo: “atrapado entre un ello criminal y una conciencia moral igualmente tiránica y humillante, el yo parece no tener más salida que la de torturarse o la de torturar a otros, desviando su agresividad hacia ellos” (Ricoeur, 2009a: 258). Y en otro texto, refiriéndose al malestar, Ricoeur (2009b: 217-218) escribe: “Este malestar, este descontento, aparece como algo inherente desde luego a la cultura como tal. Pero el hombre está insatisfecho en cuanto ser de cultura porque persigue también la muerte, su muerte y la muerte del otro […] La pulsión de muerte, en éstos últimos escritos, ha sido desenmascarada y puesta al desnudo como anticultura”.

En esta perspectiva, el crimen y sus distintas formas de expresión, representan la ambivalencia afectiva no resuelta del sujeto contemporáneo, con todo aquello que en su inconsciente simboliza al padre odiado. Entre ellos la ley, las formas jurídicas y todo cuanto amenace al sujeto como instancia de control y de regulación de las exigencias pulsionales. El sujeto que goza, es decir, el que se vivencia un súbdito del imperativo categórico de su amo cruel, obedece a los dictados (contenidos en el ello) de la no regulada pulsión de muerte (que con el filósofo llamamos simbólica del mal) y hace todo lo posible por prescindir de los mecanismos de regulación de la  ley en tanto simbólica del bien del padre. En cuanto a la conciencia moral Paul Ricoeur (2009b: 149) nos dice: “a diferencia de Nietzsche y de Hegel, Freud no acusa a la acusación, la comprende y, al comprenderla, vuelve públicas la estructura y la estratagema. En esta dirección es posible una ética auténtica donde la crueldad del superyó cedería a la severidad del amor”.

En ese caso la ley (presente en el lenguaje y en la simbolización) es la contracara de la simbólica del mal radical, de la pulsión de muerte. Se podría decir que en el último Lacan (seminario 22 RSI) no es lo imaginario ni lo simbólico lo que produce la muerte, sino el empuje de lo real de la pulsión destructiva, la cual difícilmente es simbolizada por la vida. Según Ricoeur (2009a: 417): “La segunda tópica constituye, todavía más que la primera, una especie de representación gráfica de una dialéctica. La primera representaba aún, por así decirlo, lugares intrapsíquicos; pero en la segunda tópica se trata de papeles (roles), de papeles de una personología que enfrenta lo impersonal, lo personal y lo suprapersonal”.

Digamos que el sujeto del psicoanálisis se articula, en un punto de continuidad, con el individuo de la especie humana, con el órgano de los procesos psicológicos superiores y con la conducta. Iniciemos comentando el modelo anterior -en el que se articulan, desde la óptica de Ricoeur, dos “metapsicologías”: la del freudismo, caracterizada por “un movimiento analítico y regresivo hacia el inconsciente” y la del hegelianismo, consistente en “un movimiento sintético y progresivo hacia el espíritu” (Ricoeur, 2003a: 296)- desde la perspectiva de la segunda teoría tópica y, particularmente, desde la visión de Freud del aparato psíquico en el Esquema del psicoanálisis. Según Ricoeur (2009b: 116) “el sujeto hegeliano sólo accede al reconocimiento donde se igualan dos conciencias de sí luego de haber atravesado todos los estadios de la desigualdad y de la lucha –la famosa lucha del amo y el esclavo- que constituyen el arcaísmo de la conciencia de sí; además, esta igualización resulta de que el esclavo descubre su yo en el amo, mientras que el amo sólo accede al disfrute a través del trabajo del esclavo que transforma las cosas”.

En aquel texto Freud piensa el ello como la instancia más arcaica de tal aparato, órgano que compara o asimila a un telescopio o a un microscopio por estar compuesto de varias piezas. La barrera entre el superyó y el ello, o la que se ubica entre el yo y la culpabilidad inconsciente, simboliza, según el filósofo, la represión. Explica: “El doble uso de la barrera permite ya afirmar que ella no es ahí sólo el símbolo de un fenómeno lingüístico, una relación de relaciones que pone en juego sólo significantes y significados; se trata además de un fenómeno dinámico: la barrera expresa la represión que impide el franqueamiento” (Ricoeur, 2009a: 351).

Pues bien, según el modelo anterior diríamos que dicho instrumento estaría integrado por el ello, el superyó y el yo, esencialmente; aunque podríamos incluir también aquí la realidad exterior y dentro de ella, como parte constitutiva, el organismo viviente o cuerpo, pues sin el mundo exterior —real— objetivo (del cual hacen parte también, y sobre todo, los progenitores y el medio social, en cuanto otro como “tesoro de los significantes”), no sería posible pensar en la conformación de un útil mental o de la subjetividad, ya que esta es la consecuencia de un proceso de interiorización de imágenes o representaciones por medio de lo simbólico del lenguaje, los significantes y el discurso. En este punto Ricoeur (2009b: 146) se pregunta: “¿cómo es que el superyó, según el punto de vista histórico, herencia de la autoridad parental, extrae sus energías, según el punto de vista económico, del ello?”. Al respecto Freud responde a tal interrogante desde varios textos como Psicología de las masas y análisis del yo (el capítulo titulado “La identificación”),  El yo y el ello, Duelo y melancolía y aún en El esquema del psicoanálisis, entre otros. Modelo que nos habla, esencialmente, de los vasallajes del yo. Es así como nos dice Ricoeur (2009b: 136): “Esas relaciones de dependencia son relaciones de amo-esclavo: dependencia del yo con el ello, dependencia del yo con el mundo, dependencia del yo con el superyó”. Lo llamativo aquí es que la primera tópica freudiana está subsumida en la segunda. 

El aparato psíquico y la culpabilidad

Se dice que el artificio psicológico está estructurado como un lenguaje; sin embargo, es necesario precisar que el aparato psíquico freudiano (ello, yo y superyó) es más bien una dinámica energética de las neuronas que se transforma en significación lingüística, o también se podría decir que la significación lingüística es un trabajo de la dinámica energética de las neuronas. He aquí un punto de anudamiento entre neurología y psicoanálisis, tal y como Freud lo visualizara en su Proyecto de una psicología para neurólogos. Entonces, el discurso que opera en el mundo que rodea al recién nacido va siendo interiorizado poco a poco, y constituye la subjetividad o el aparato psíquico. La segunda tópica de Freud (también denominada por Ricoeur como punto de vista “estructural”), esa que según Miller no dejó de ser reprochada por Lacan, era una tentativa de considerar la experiencia de lo real que traducía la promoción del carácter.

La cura del sentimiento de culpa, de la que hablamos en el libro anterior (como efecto clínico que rescata la responsabilidad ética, y de la que damos algunos indicios en el mencionado esquema o sistema funcional complejo), aparte de estar en consonancia con las virtudes griegas, con los ejercicios espirituales y con la filosofía antigua de Pierre Hadot, crea con su dispositivo dialéctico las condiciones de civilidad necesarias para reducir la criminalidad. Dice Ricoeur (2009b: 128): “La experiencia analítica misma, en la medida en que intercambia palabras y silencios, palabras y oídos atentos, pertenece a lo que se puede llamar el orden de los signos y, en cuanto tal, se transforma en una parte de la comunicación humana sobre la cual descansa la cultura”. De acuerdo a la lógica de Ricoeur con Freud, la cura analítica tiene como una de sus funciones ampliar el campo de la percepción racional del sujeto y sustituir su conducta impulsiva por una más prudente, responsable y regulada. En esta lógica, nos dice adicionalmente el autor francés (2009a: 51): “El desasimiento del Ego, al cual nos convoca el psicoanálisis más que ninguna otra hermenéutica, es el primer hecho de reflexión que la reflexión no comprende”. Freud mismo había contemplado la posibilidad terapéutica de combatir al superyó, con el propósito de reducir sus pretensiones destructivas. Por ello decía en Dostoievski y el parricidio (1928, Vol. XXI., 1979: 182):

Si el padre fue duro, violento, cruel, el superyó toma  de él esas cualidades y en su relación con el yo vuelve a producirse la pasividad que justamente debía ser reprimida […] Dentro del yo se genera una gran necesidad de castigo, que en parte está pronta como tal a acoger al destino, y en parte halla satisfacción en el maltrato por el superyó (conciencia de culpa).

El sentimiento de culpa, bien sea consciente o inconsciente, es un producto o resultado de las relaciones múltiples y complejas del sujeto-yo, primero con los padres y luego con el superyó como continuador y representante de estos. Entonces, ¿cuál es la razón por la que hemos representado así el aparato psíquico freudiano? Desde la perspectiva hegeliana, como indicamos a continuación, decimos que tanto el superyó como el yo pueden ser leídos o representados como dos autoconciencias en pugna. Donde por ejemplo la última de ellas, o sea la autoconciencia del yo, busca el reconocimiento de la otra, la autoconciencia del superyó. El superyó (que se va incorporando desde el exterior al interior, como el ‘Eterno’), conoce las motivaciones internas del hombre y es el responsable de acarrearle la enfermedad, el sufrimiento y la muerte. Dialéctica que lleva al filósofo, de la mano de Freud,  a decir: “El hombre es un ser esencialmente amenazado por dentro; por eso hay que agregar al peligro exterior la amenaza de los instintos (pulsiones), fuente de angustia, y la amenaza de la conciencia moral, fuente de culpabilidad” (Ricoeur, 2009a:156-157). Patología del deber, a diferencia de la patología del deseo, según Kant.

Respecto a tal dialéctica, Paul Ricoeur (2009a: 182-183), adicionalmente, nos dice: “Según el título de uno de los capítulos de El yo y el ello, la segunda tópica tiene por tema “las relaciones de dependencia del yo” (capítulo v). Relaciones de dependencia que son ante todo relaciones de amo a esclavo: sumisión del yo al ello, sumisión del yo al mundo y sumisión del yo al superyó”. Cabe anotar que en el texto que a continuación vamos a referenciar, el creador del psicoanálisis presenta, para ambas instancias, la cualidad psíquica de la conciencia; otra razón adicional por la que aquí hablamos, desde Hegel, de dos autoconciencias, la del amo y la del esclavo. De acuerdo con el filósofo, la realidad que la teoría tópica de Freud puede conocer “es la de las presentaciones psíquicas de la pulsión, y no la de las pulsiones en sí mismas” (Ricoeur, 2009a:380). Y agrega que lo cognoscible, en el psicoanálisis, no es la entidad (o sector) biológico de la pulsión, sino la esencia psicológica de sus presentaciones psíquicas.

El concepto de ello, tomado de Grodeck (Das Buch von Es), e inspirado en Nietzsche, según Freud en el Esquema del psicoanálisis, es portador único y absoluto de la cualidad psíquica de lo inconsciente. Es el contenedor principal de la pulsión de muerte (la cual es para Freud, “nuestra mitología”), impulso destructivo del que se nutre o abastece el superyó dada su cercanía a él. En este sentido el superyó, por el lugar que ocupa en dicho modelo, opera como una entidad cuya función es encubrir ante el yo la verdad pulsional contenida en el ello, lo que el yo no advierte del superyó (por tratarse de un proceso inconsciente), como tampoco las más de las veces el niño en la relación con el padre o los sustitutos, dado que lo percibe como un ideal, como algo sin fallas, consistente y perfecto; es el portador de un “veneno mortal” con el que lo hostiga, lo castiga y lo culpa. “Por culpa del superyó, nos dice Ricoeur (2009b: 138), somos en principio ‘extraños’ a nosotros mismos”. Ahora, la consciencia inmediata, según Ricoeur (2003a: 295) apoyado en Freud,  no se conoce a sí misma. Por ello dice: “La ‘conciencia’ es solamente la interiorización de ese movimiento que debe descubrirse en la estructura objetiva de las instituciones, los monumentos, las obras de arte y la cultura”.

Entonces, se podría decir que el superyó, en la lógica de la compulsión repetitiva, es algo así como el asesino del yo, de ahí que este se defienda de aquel fustigando a los otros en la realidad. Interpretación que aquí constituye la base explicativa de la dinámica subjetiva del crimen; dinámica que está esbozada en Freud en el artículo de 1916, intitulado “Los que delinquen por conciencia de culpa” y que lo lleva, según el filósofo al final de El malestar en la cultura, a combatir al superyó con fines terapéuticos, con el propósito de reducir sus pretensiones. En este momento de la elaboración es importante recordar que Lacan, dada la observación que hiciera de la conducta del superyó en la clínica, también se preocupó en sus escritos por la función de la agresividad en el psicoanálisis y por establecer relaciones entre este y la criminología. En nuestro medio otro autor, tal y como decíamos en la revisión de antecedentes, Estanislao Zuleta, también se ocupó de tales nexos en un libro titulado Psicoanálisis y criminología. Algo que fue alcanzado por los griegos con su lógica sobre las virtudes, las cuales se pueden pensar como el efecto de un superyó atenuado y neutral con el yo, como el superyó pacífico del psicoanalista, en el contexto de la cura. Cura que, parafraseando a Freud, cuesta a los pacientes principalmente un esfuerzo enorme de sinceridad.

Recordemos que entre ambas instancias se produce una relación sado-masoquista, como la que bien podríamos atribuir con Hegel a la dialéctica entre el amo y el esclavo, aspecto que denota o representa bastante bien las relaciones del niño con el padre.  Dialéctica que también es retomada por Ricoeur (2009a: 407) en su libro: Freud: una interpretación de la cultura, en el que dice, sobre La fenomenología del espíritu y el psicoanálisis, lo siguiente: “Hegel y Freud coinciden en este punto: una cultura nace en el movimiento del deseo”. Deseo que, al articulase con la culpa, da lugar a la creación cultural. Y unos cuantos párrafos más adelante comenta:

            el espíritu es el orden de lo terminal; el inconsciente es el orden de lo primordial […] el espíritu es historia mientras que el inconsciente es destino; destino hacia atrás de lo infantil, destino tras de unos símbolos que ya están allá y se reiteran indefinidamente… […] Mi propósito consiste, pues, en mostrar cómo la cuestión de Freud está en Hegel, a fin de prepararme a comprender cómo la cuestión de Hegel está en Freud (Ricoeur, 2009a:410).                                                                                                                                                                                                        

La dialéctica entre el amo y el esclavo es, según Ricoeur, por la conquista del reconocimiento, conquista que implica una lucha no por la vida sino por la identificación del Otro, el cual al rehusarse a reconocer al sujeto (en cualquier escenario del lazo social) potencia en este su agresividad. Dice el filósofo:

Pues bien, esta lucha significa que la terrible grandeza del deseo va a trasladarse a la esfera del espíritu, en la figura de la violencia. […] es una lucha por arrancar al otro la confesión, la atestiguación, la prueba de que yo soy una autoconciencia autónoma […] Y así hasta que el trabajo, instaurando un nuevo modo de enfrentarse a las cosas y a la naturaleza, haga que el esclavo esté en ventaja sobre el amo” (Ricoeur, 2009a:413).

La lucha que simbolizamos entre el superyó y el yo representa bastante bien el estado de cosas reinante, en el curso de la historia de la humanidad, sobre la guerra, la violencia y la criminalidad.    

Con base en tal modelo, pero no solamente en el, se puede leer e interpretar la historia de Edipo, lo mismo que la tragedia del hombre en el ámbito sociocultural. ¿Qué produce entonces el superyó, en cuanto amo despiadado y cruel, en la esencia o estructura del yo? En la parte superior ubicamos el sentimiento de culpa, el cual se da, según Freud, en la conciencia del yo, y debajo de este ubicamos la culpabilidad inconsciente como consecuencia o producto de la operación sádica del superyó. En este punto se podría decir que el superyó es un indicio de la existencia y el funcionamiento de la pulsión de muerte. Según Ricoeur (2009a: 393), la instancia interior de la moralidad (el superyó), es efecto de una amenaza externa que ha sido introyectada. Y agrega que: “Es el mismo núcleo afectivo (el núcleo del Edipo) el que encontramos en la fuente de la neurosis y en el origen de la cultura, cada hombre, y toda la humanidad, considerada como un solo hombre, lleva la cicatriz de una prehistoria cuidadosamente borrada por la amnesia, la cicatriz de una antiquísima historia de incesto y parricidio”. Razón por la que se puede decir que el sujeto es, por compulsión a la repetición y de manera estructural, un criminal que continúa resistiéndose a la educación y a los procesos de sublimación.

El superyó posee las cualidades psíquicas de lo inconsciente, lo preconsciente y lo consciente, las mismas cualidades respecto al yo. Así que el factor común a las tres instancias es lo inconsciente, que opera en todo el aparato psíquico, esto es, entre las instancias como un hilo conductor o como un vaso comunicante. Nótese que el yo, al estar entre el superyó y la realidad exterior, es la sede del sentimiento de culpa, y es producido primero por los padres y luego por el superyó como continuador de los ideales y las acciones de ellos. Ahora, la necesidad inconsciente de castigo, la reacción terapéutica negativa o el beneficio secundario de la enfermedad no son más que consecuencias del embate de la instancia crítica sobre el yo. El filósofo observa que en la dinámica psíquica expuesta por Freud  es la pulsión de muerte (contenida en el superyó, pero también en el ello) la que lo complejiza todo. Así pues, es en el conflicto interno, como fuente de la moral, en donde radica la constitución originaria de la ley en la especie humana.

Entonces, mientras en el psicoanálisis de las neurosis obsesivas y en especial de la melancolía (depresión, según la terminología de la época) se hace necesario reducir el sentimiento de culpa, dado el malestar que implica; en el sujeto criminal (asociado muchas veces con la perversión y la psicopatía) de lo que se trata, por parte de la criminología, es de reforzarle el superyó y de culpabilizarlo para que pueda simbolizar y reparar los objetos dañados, tanto materiales como abstractos. La noción ricoeuriana de “simbólica del mal”, que aquí enlazamos al concepto freudiano de “pulsión de muerte”, fundamento (en el anterior esquema) del superyó (moralidad punitiva), está ligada con las nociones de “mancilla, pecado y culpabilidad” y, simultáneamente, con la idea agustiniana de “pecado original. En consonancia con este panorama desesperanzador, nos preguntamos con Ricoeur (2004b: 626): “¿No hay que escuchar aquí una discreta pero obstinada protesta contra la filosofía heideggeriana del ser-para-la-muerte? ¿No hay que ‘recordar constantemente que los hombres, aunque han de morir, no han nacido para eso, sino para innovar’?”. Finalmente, precisa el filósofo:

la introducción del concepto de ‘masoquismo moral’, en El principio económico del masoquismo, hará de la crueldad del superyó un representante de la pulsión de muerte, interpretada como impulso de destrucción. Este componente mortificante -en el sentido propio del término- fue el último que Freud percibió en la economía del superyó; y puede que también sea la rúbrica de su arcaísmo (Ricoeur, 2009a:394-395).     

 Así pues, el mal es para Ricoeur una tara que se hereda, se perpetúa y se contagia, como el síntoma en la histeria freudiana, a toda la humanidad. El contagio aquí también posee una estructura significante, que lo hace merecedor del calificativo de simbólico. Ahora bien, en el siguiente capítulo procuramos ilustrar los conceptos que hasta aquí hemos esbozado.

1 comment:

  1. Mostrar "culpa" es una de las recomendaciones de los abogados penalistas para dulcificar a los jueces pero en general los reos no la sienten.Y apelan a cualquier recurso para que se reduzca la pena, en ningún caso para obtener el castigo.¿Criminales por sentimiento de culpa? Lo he pensado como psicóloga forense y también como abogada...Interesante articulación pero aplicable muy pocas veces.El testimonio de los testigos es relevante pero inoperante si no prospera la prueba de indicios y la documental si la hubiere.
    Saludos.

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